El
Ministerio de Asuntos Exteriores de España,
ha publicado una página
web pensada
para las personas que residan en el extranjero
interesadas en la opción a la nacionalidad
española de origen, según la Ley
52/2007. Asimismo, indica que quienes
residan en España,
pueden dirigirse a la página web del Registro
Civil de su domicilio, o a la página web
de la Dirección General de los Registros
y del Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia
( la
web del Ministerio de Justicia.) .
Anexo: BOE
Nº 285 de 26/11/2008.
La
página del Ministerio ofrece toda la
información al respecto
y permite solicitar cita previa para la presentación
de la documentación
necesaria en el Consulado General de España
o en la Sección Consular de la Embajada
de España en cuya demarcación resida.
Las preguntas respondidas en dicha página se reproducen
aquí abajo, al igual que el link para solicitar
cita.
Esta
página del MAE indica que ha sido elaborada
a partir de la Instrucción de 4 de noviembre
de 2008 de la DGRN del Ministerio de Justicia,
sobre el derecho de opción a la nacionalidad
española
establecido en la Disposición Adicional
Séptima de la Ley 52/2007.