27 de diciembre de 2008

 

Desde el lunes hijos y nietos de exiliados podrán adquirir la nacionalidad española

Desde el próximo lunes, medio millón de hijos y nietos podrán solicitar el reconocimiento de su derecho a la nacionalidad española en virtud de la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica. Tienen plazo hasta el 29 de diciembre de 2010. Se publican instrucciones para presentar la solicitud los residentes en el exterior los residentes en España.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de España, ha publicado una página web pensada para las personas que residan en el extranjero interesadas en la opción a la nacionalidad española de origen, según la Ley 52/2007.  Asimismo, indica que quienes residan en España, pueden dirigirse a la página web del Registro Civil de su domicilio, o a la página web de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia ( la web del Ministerio de Justicia.) . Anexo:  BOE Nº 285 de 26/11/2008.

La página del Ministerio ofrece toda la información al respecto y permite solicitar cita previa para la presentación de la documentación necesaria en el Consulado General de España o en la Sección Consular de la Embajada de España en cuya demarcación resida. Las preguntas respondidas en dicha página se reproducen aquí abajo, al igual que el link para solicitar cita.

Esta página del MAE indica que ha sido elaborada a partir de la Instrucción de 4 de noviembre de 2008 de la DGRN del Ministerio de Justicia, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007.

Concertar cita previa para obtener la nacionalidad

 

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