Si no lo hacen, y
los ayuntamientos no están obligados a avisar a los
extranjeros, éstos serán inmediatamente borrados del padrón,
perdiendo así prestaciones municipales, ayudas y, sobre todo,
la prueba del arraigo que a muchos irregulares pudiera
llevarle a conseguir los ansiados papeles en un futuro
próximo.
La clave de todo es el nuevo artículo 16 de la Ley
Reguladora de las Bases del Régimen Local. Esta norma se
modificó junto a la vigente ley de extranjería 14/03 con el
consenso del entonces gobierno del PP y el PSOE. El objetivo
de aquellos cambios era tener actualizados los padrones y
sobre todo impedir que inmigrantes que habían cambiado de
municipio siguieran inscritos en los registros de sus
anteriores ciudades.
Para ello, el nuevo artículo estableció que «la inscripción
padronal sólo surtirá efecto (...) por el tiempo que subsista
el hecho que la motivó y, en todo caso, deberá ser objeto de
renovación periódica cada dos años cuando se trate de
inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de
residencia permanente». Aquellas reformas -tanto la de la ley
de extranjería como la de bases- entraron en vigor el 22 de
diciembre de 2003, por lo que los dos años preceptivos se
cumplen en diciembre de este año.
Según los datos del Ministerio del Interior, a 1 de enero
de 2004 había en España 1.074.895 extranjeros, de los que sólo
274.547 tenían permiso de residencia permanente, lo que
significa que 800.348 extracomunitarios deberán
reempadronarse en los próximos seis meses. Si no lo
hacen, quedarán fuera de los registros.
A esta cifra habría que sumar las decenas de miles de
inmigrantes irregulares que por entonces, aunque empadronados,
no tenían permiso de residencia. Los expertos estiman que
estos extranjeros podrían suponer número similar al de los
inmigrantes legales.